Mutualidad

Atención al mutualista

El departamento de atención al cliente se rige por el siguiente Reglamento de atención al mutualista (descargar), que fue aprobado en Asamblea General del 26 de mayo de 2008 y modificado en Junta Directiva de 19 de Octubre de 2011.

Pueden hacernos llegar sus reclamaciones o sugerencias al siguiente correo electrónico: 

atencion.mutualista@purisimamps.es o bien por correo ordinario a:

Purísima Concepción M.P.S. calle Augusto Figueroa, 3-1º 28004 Madrid

La Mutualidad tiene la obligación de atender y resolver su reclamación dentro del plazo de dos meses desde su presentación en el departamento de atención al mutualista.

Desestimada su reclamación o transcurrido el plazo de dos meses desde su presentación, Usted puede formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en la siguiente dirección:

Paseo de la Castellana 44 - 28046 Madrid

o bién por correo electrónico: reclamaciones.seguros@meh.es.

Web: www.dgsfp.meh.es

La normativa aplicable es la siguiente:

La ley 44/2002, de 22 de Noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, estableció la obligación de contar con un departamento de atención al cliente, encargado de atender las quejas y reclamaciones.

La orden ECO/734/2004, de 11 de Marzo ha venido a regular los requisitos y deberes de los departamentos de atención al cliente y el procedimiento de presentación, tramitación y resolución de quejas y reclamaciones.