Mutualidad
El departamento de atención al cliente se rige por el siguiente Reglamento de atención al mutualista (descargar), que fue aprobado en Asamblea General del 26 de mayo de 2008 y modificado en Junta Directiva de 19 de Octubre de 2011.
Pueden hacernos llegar sus reclamaciones o sugerencias al siguiente correo electrónico:
atencion.mutualista@purisimamps.es o bien por correo ordinario a:
Purísima Concepción M.P.S. calle Augusto Figueroa, 3-1º 28004 Madrid
La Mutualidad tiene la obligación de atender y resolver su reclamación dentro del plazo de dos meses desde su presentación en el departamento de atención al mutualista.
Desestimada su reclamación o transcurrido el plazo de dos meses desde su presentación, Usted puede formular reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en la siguiente dirección:
Paseo de la Castellana 44 - 28046 Madrid
o bién por correo electrónico: reclamaciones.seguros@meh.es.
Web: www.dgsfp.meh.es
La normativa aplicable es la siguiente:
La ley 44/2002, de 22 de Noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, estableció la obligación de contar con un departamento de atención al cliente, encargado de atender las quejas y reclamaciones.
La orden ECO/734/2004, de 11 de Marzo ha venido a regular los requisitos y deberes de los departamentos de atención al cliente y el procedimiento de presentación, tramitación y resolución de quejas y reclamaciones.